Expertos hablaron sobre la reforma al fuero penal militar en un escenario de justicia transicional

El 16 de julio se realizó el foro “Reforma al fuero penal militar e impunidad en crímenes cometidos por el Estado”, organizado por la Facultad y la Corporación Jurídica Libertad.

En el evento participaron Camilo Bernal Sarmiento, delegado de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia; Bayron Góngora Arango, abogado de la Corporación Jurídica Libertad y Julio González Zapata, profesor de la Facultad.

El abogado Góngora inició el foro con un llamado de atención sobre lo que él considera es la búsqueda de impunidad del Gobierno a través de diferentes normas que pretenden que no haya altas penas para los militares. Además consideró que peligra la independencia de los jueces al momento de juzgar, pues la reforma contempló que se debe tener en cuenta el Derecho Internacional Humanitario, derecho aplicable en estado de guerra y que “no protege a la sociedad civil”, argumentó.

Por su parte, Camilo Bernal expuso que hay un falso dilema entre la justicia penal militar y la justicia transicional en el conflicto armado colombiano. Él considera que los militares no deben ser juez y parte en el conflicto, como ocurre con la actual estructura de la justicia penal militar y recordó casos como el argentino donde se eliminó este tipo de jurisdicción. Al respecto indicó que se requiere de la justicia transicional entendida como “los procesos dirigidos, especialmente, a tres objetivos: ampliar la democracia, fortalecer el Estado de Derecho y garantizar la reconciliación de la nación”.

Además, retomó algunos fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre los  que destacó el que consagra que “la justicia penal militar no es competente para investigar y juzgar violaciones de derechos humanos y, finalmente, las ejecuciones extrajudiciales son actos que en ningún caso tienen conexión con la disciplina ni la misión castrense; son contrarias a los deberes de respeto y protección de derechos humanos y deben ser excluidas de la justicia penal militar”.

Finalmente, Julio González centró su exposición en lo que él consideró una pretensión histórico-política, más que jurídica, en la que los conceptos de fuero militar y justicia transicional no se pueden mirar como fenómenos independientes y sin conexión, en especial cuando el gobierno parece darles ese tratamiento al “buscar un acuerdo de paz, pero trata, al mismo tiempo, de blindar a los militares frente a investigaciones por hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos”.

Para el profesor González, “cuando voceros de las FARC han dicho que no pagarán un día de cárcel y desde el Gobierno se emprende esa lucha denodada para fortalecer el fuero militar, tenemos que leer un discurso simétrico entre dos de los principales protagonistas del conflicto, que juegan estratégicamente para mejorar sus posiciones en la negociación, y esa tensión debe resolverse primero en el campo de la política, y de la solución que se le encuentre dependerá la viabilidad y sostenibilidad del acuerdo, si es que llega a producirse”.

Para el profesor el escenario político, por sobre el jurídico, es en el que debe actuar la justicia transicional y es innegable que los agentes del Estado y la subversión han cometido graves infracciones a los derechos humanos generando muchas víctimas. Recurriendo a un acuerdo en términos políticos “la simetría también tiene que reflejarse en lo que se acuerde. Si para los jefes y los máximos responsables de la jerarquía subversiva se acordaran algunas fórmulas que no sean simplemente aplicarles las leyes penales, no se ve por qué entonces a las fuerzas militares no se deberían buscar la aplicación de esas fórmulas”.

Aunque Julio González se mostró escéptico de que se logre esta simetría, pues el Presidente ha sido reiterativo en que “en La Habana no se discutirá sobre las Fuerzas Armadas, y precisamente por eso se ha hecho una reforma unilateral por parte del Estado de la reforma al fuero militar”, dejó abierta la pregunta por ¿si también las Fuerzas Armadas han incurrido en graves violaciones a los derechos humanos, cuáles serían frente a ellos las garantías de no repetición?

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